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Prestación por nacimiento y cuidado del menor (maternidad/paternidad) de la autónoma o el autónomo: cómo tributa

La prestación que hoy se llama nacimiento y cuidado del menor (la que antes se conocía por separado como baja de maternidad o paternidad) es uno de los momentos en los que una autónoma o un autónomo mezcla dos cosas que tributan de forma distinta: el subsidio que cobra durante el permiso y las obligaciones de su actividad, que en la mayoría de los casos no se detienen. Esta guía explica el mecanismo de cada una; no fija cuantías, duraciones ni porcentajes, que dependen de la normativa vigente y de tu situación.

El subsidio: rendimiento del trabajo, no de tu actividad

Mientras facturas, tus ingresos son rendimientos de actividades económicas. El subsidio por nacimiento y cuidado del menor no es eso: en tu IRPF se califica como rendimiento del trabajo, igual que la prestación por incapacidad temporal o que la prestación por cese de actividad. Esto tiene las mismas dos consecuencias prácticas:

  • No se anota en tu libro de ingresos ni en el modelo 130 ni en el modelo 303: no es la contraprestación de ninguna venta ni servicio, así que no lleva IVA y no forma parte del rendimiento de tu actividad.
  • Va a su propia casilla como rendimiento del trabajo en tu declaración de la renta del ejercicio en que la percibes, con el certificado de retenciones que te facilite la entidad pagadora.

Quién paga el subsidio y qué retención aplica

El subsidio por nacimiento y cuidado del menor lo gestiona y paga la Seguridad Social (INSS o tu mutua colaboradora, según el caso). Con carácter general se practica una retención a cuenta del IRPF, parecida a la de una nómina. El porcentaje exacto, la duración del permiso y los requisitos de cotización previa los fija y actualiza la normativa vigente: confírmalos directamente en el INSS o con tu mutua, no los generalices por lo que le haya correspondido a otra persona.

Lo que NO se detiene: tus obligaciones trimestrales

Disfrutar del permiso por nacimiento y cuidado del menor no es lo mismo que darte de baja de la actividad: si sigues de alta en el RETA y en el censo de Hacienda durante el permiso (lo habitual, salvo que decidas cerrar o suspender la actividad), el modelo 130 (pago fraccionado del IRPF) y el modelo 303 (IVA) se siguen presentando por trimestre natural, tengas o no facturación en esos meses:

  • Si no tuviste ingresos ni gastos de la actividad durante todo el permiso, el trimestre se declara igualmente, normalmente con resultado a cero o sin cuota a ingresar, pero la presentación sigue siendo obligatoria dentro de plazo.
  • Si tuviste alguna factura emitida o algún gasto antes o después del permiso dentro del mismo trimestre, el 130 y el 303 recogen esa actividad parcial con normalidad.
  • Si delegas la gestión en alguien de confianza mientras estás de permiso (pareja, socio, gestoría o un programa como Numiq), conviene dejarlo organizado antes de empezar el permiso, para no acumular trabajo al volver.

La cuota de autónomos durante el permiso

La cotización al RETA durante el permiso por nacimiento y cuidado del menor (si se exonera, se bonifica o sigue igual) la regula la Seguridad Social, no la AEAT: es materia de cotización, no de tributación, y las condiciones cambian con la normativa. Consúltalo con tu mutua colaboradora o la Tesorería General de la Seguridad Social.

Cómo lo lleva Numiq

Numiq lleva la contabilidad de tu actividad económica: tus facturas, tus gastos y el cálculo de tus modelos (130, 303 y el resto), estés o no de permiso. El subsidio por nacimiento y cuidado del menor no se registra en Numiq porque no es un ingreso de tu negocio: lo tramitas con el INSS o tu mutua y lo declaras en tu renta como rendimiento del trabajo. Lo que sí hace Numiq es que, aunque un trimestre tengas poco o ningún movimiento por estar de permiso, el 130 y el 303 salen calculados igual, sin que se te pase el plazo, y puedes delegar el acceso a quien te ayude mientras tanto. Puedes probarlo con tus propios datos: 30 días de prueba gratuitos, sin tarjeta y sin permanencia.

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Información general; los requisitos de acceso, la duración del permiso, la cuantía y el porcentaje de retención del subsidio por nacimiento y cuidado del menor los fija la normativa vigente y los gestiona el INSS o tu mutua colaboradora. Confírmalos ahí o con tu asesor antes de darlos por hecho.

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